STJ autoriza embargo de salario en deudas no alimentarias
Entienda los requisitos y límites definidos por la Corte Especial

La reciente decisión de la Corte Especial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) acaba de cambiar la forma en que los salarios pueden ser embargados para liquidar deudas no alimentarias. El tema ganó relevancia nacional porque la medida afecta directamente a quienes tienen ingresos inferiores a 50 salarios mínimos.
Qué cambió en la inembargabilidad salarial
Hasta entonces, el art. 833, IV, del Código de Proceso Civil (CPC) protegía salarios, vencimientos y pensiones de cualquier embargo, salvo por deuda alimenticia o valores que superaran los 50 salarios mínimos. El STJ, al juzgar el Tema Repetitivo 1.230, reconoció que esa protección puede mitigarse de manera excepcional para deudas comunes, como tarjetas de crédito, préstamos y financiamientos.
Requisitos para el embargo de salario
Para que se autorice el bloqueo, el acreedor debe demostrar el agotamiento de otros medios ejecutivos, como la búsqueda de bienes muebles, inmuebles o inversiones financieras. Además, el embargo solo podrá aplicarse si no compromete la subsistencia digna del deudor y su familia, correspondiendo al ejecutado la carga de probar la imposibilidad.
Cómo deberán aplicar los jueces el criterio
La tesis vinculante impone que cada juez analice el caso de forma individualizada, observando la proporcionalidad. En la práctica, las decisiones suelen limitar el descuento entre el 10 % y el 30 % de los ingresos netos, de acuerdo con la capacidad económica del deudor.
Consecuencias para deudores y acreedores
Con la nueva interpretación, deudas que antes solo provocaban la negativación en los registros de crédito pueden liquidarse mediante descuento directo en la nómina. Por otro lado, quien tenga un salario inferior a 50 salarios mínimos pierde la protección absoluta y debe presentar comprobantes de gastos esenciales para impugnar o reducir el embargo.
Impacto en los procesos judiciales
La decisión se tomó bajo el rito de recursos repetitivos, lo que la vuelve vinculante para todos los jueces y tribunales del país. Así, la exigencia de demostrar la imposibilidad de otros medios y la protección del mínimo existencial pasan a ser requisitos obligatorios en todo el territorio nacional.
Con información de Migalhas, DeFato Online.
Fuente: Migalhas, DeFato Online