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Nuevas reglas de la ley seca traen etapa inicial de cribado

Resolución del Contran actualiza procedimientos de fiscalización para alcohol y sustancias psicoactivas

Daniele Morais
21 de agosto de 2026 · 2 min de lectura
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Nuevas reglas de la ley seca traen etapa inicial de cribado
Foto: "Courtroom One Gavel" by Joe Gratz is marked with CC0 1.0. To view the terms, visit https://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/.

El Consejo Nacional de Tránsito aprobó nuevas reglas para la fiscalización de la ley seca, con la entrada en vigor de una resolución que sustituye la reglamentación anterior de 2013. El cambio trae nuevos criterios para los controles en las calles y disciplina procedimientos relacionados tanto con el consumo de alcohol como con otras sustancias psicoactivas.

Qué cambia en el cribado inicial

La principal novedad aportada por la norma es la inclusión de una etapa inicial de cribado en los controles de tránsito. Los agentes podrán utilizar el pretest o test pasivo de alcoholemia, que funciona como una verificación preliminar para indicar la posible presencia de alcohol.

El resultado de este pretest tiene carácter meramente orientativo. Por sí solo, no puede fundamentar la infracción ni caracterizar la conducción bajo los efectos del alcohol, sirviendo para indicar si la fiscalización debe proseguir con los demás procedimientos previstos.

Cómo funciona el retest

El retest debe realizarse cuando algún factor técnico o operacional comprometa la obtención de un resultado válido. Este procedimiento también sirve para descartar la posibilidad de alcohol residual, que son residuos temporales presentes en la boca o en las vías respiratorias superiores.

Situaciones que involucran productos como enjuagues bucales, bombones de licor y pan de molde pueden generar una indicación positiva en el test pasivo. En estos casos, la nueva evaluación es obligatoria antes de cualquier conclusión por parte de los agentes.

Sustancias psicoactivas y equipos

La reglamentación también disciplina la identificación de otras sustancias psicoactivas, que son aquellas capaces de actuar sobre el sistema nervioso central y comprometer la capacidad de conducir. El uso de equipos con esta finalidad se realiza conjuntamente con la verificación de signos de alteración de la capacidad psicomotora.

Los aparatos utilizados deben estar certificados en el ámbito del Sistema Brasileño de Evaluación de la Conformidad, con certificación realizada por un organismo acreditado por el Instituto Nacional de Metrología, Calidad y Tecnología. Su uso depende de la disponibilidad de los órganos fiscalizadores.

Penalidades y exámenes en accidentes

Las penalidades y las infracciones previstas en el Código de Tránsito Brasileño siguen siendo las mismas. La verificación de signos de alteración de la capacidad psicomotora y el uso del etilómetro continúan siendo admitidos, al igual que la negativa al procedimiento sigue estando sujeta a las consecuencias legales.

Siempre que sea posible, los conductores involucrados en siniestros de tránsito deben someterse a la fiscalización. En los casos con muerte, la realización de exámenes para detectar alcohol u otras sustancias psicoactivas pasa a ser obligatoria para ayudar en la gestión de políticas públicas de seguridad vial.

Con información de Migalhas.

Fuente: Migalhas

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