Edir Macedo y Record condenados a pagar 1,5 M por homofobia
La decisión del TRF4 incrementa la indemnización y subraya la responsabilidad de líderes religiosos y emisoras
El martes 15 de septiembre, el Tribunal Regional Federal de la 4ª Región incrementó la indemnización que Edir Macedo y la TV Record deberán pagar por daños morales colectivos a R$ 1,5 millones. La decisión sigue al juicio de recursos presentados por las partes y mantiene la condena ya establecida por la 10ª Vara Federal de Porto Alegre en noviembre de 2024.
Edir Macedo y la declaración homofóbica
Durante el especial de Navidad emitido el 24 de diciembre de 2022, Macedo afirmó: "No naciste malo. Nadie nace malo. Nadie nace ladrón, nadie nace bandido, nadie nace homosexual, lesbiana… nadie nace malo." La declaración fue considerada homofóbica por asociar la orientación sexual con "maldad", "ladrón" y "bandido".
Responsabilidad de Record
La TV Record, emisora vinculada a la Iglesia Universal del Reino de Dios, fue condenada a pagar R$ 500 mil, mientras que la indemnización de Macedo se elevó de R$ 500 mil a R$ 1 millón. El tribunal subrayó que la transmisión en vivo no exime a la emisora de responsabilidad, pues el contenido se difundió a nivel nacional.
Proceso y recursos
El proceso, impulsado por Nuances, Alianza Nacional LGBTI+, ABRAFH y el Ministerio Público Federal, se presentó el 26 de diciembre de 2022, dos días después de la emisión del programa. La decisión del TRF4 puede ser impugnada mediante recursos ante el STF y el STJ.
Valores y destino de la indemnización
Los R$ 1,5 millones se destinarán al Fondo de Defensa de los Derechos Difusos. La cantidad inicial solicitada por los autores era de R$ 10 millones, pero la justicia redujo la cifra.
Reacción de las partes involucradas
La defensa de Macedo argumentó que la declaración formaba parte de un sermón sobre la acogida de personas excluidas, mientras que Record alegó que no podía ser responsabilizada por el contenido transmitido en vivo. Ambas defensas apelaron la decisión, buscando la improcedencia de la acción.
Impacto en el escenario jurídico
La decisión destaca la limitación de la libertad de expresión cuando se trata de discursos que fomentan la intolerancia contra la población LGBTQIA+. La Justicia Federal reafirmó que la declaración sobrepasó los límites de la libertad y constituyó estímulo a la intolerancia.
Con información de Folha de S.Paulo, CartaCapital, Estado de Minas.
Fuente: Folha de S.Paulo, CartaCapital, Estado de Minas